
La cámara aprobó por 33 votos a 18 el proyecto que crea la compañía encargada de desarrollar y explotar el satélite que se ubicará en la órbita 81, adjudicada por la UIT
La Cámara de Senadores de la Argentina convirtió en ley una reforma del artículo 45 de la Ley de Radiodifusión que permite convertirse en licenciatarias de ese servicio a cooperativas, mutuales y asociaciones sin fines de lucro.La norma prohíbe expresamente, por otra parte, que sean concesionarias de licencias de radiodifusión las empresas prestadoras de servicios públicos con excepción de cooperativas u otras personas jurídicas sin fines de lucro que cubran áreas en las que no haya otros operadores.Así una cooperativa o mutual que preste un servicio público (electricidad o gas, por ejemplo) podrá ser licenciataria de radio o televisión, siempre que no haya interesados en prestar este último servicio en su área de cobertura y cumpla, además, con diversos requisitos como el de no incurrir en prácticas monopólicas.La iniciativa modifica la ley vigente (22.285) que autoriza únicamente a ser licenciatarias a las personas físicas y a las sociedades comerciales. La exclusión de las personas jurídicas sin fines de lucro dio lugar acciones judiciales que culminaron en el 2002, cuando la Corte Suprema de Justicia declaró inconstitucional la norma.A fines del 2003 el Senado aprobó la reforma de la ley para adecuarla al fallo de la Justicia y a fines del 2004 la Cámara de Diputados modificó ese texto. Tras una larga ronda de consultas el Senado aceptó en su mayoría las reformas de la Cámara baja, convirtiéndolas en ley.
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martes, 7 de abril de 2026 |