
Rosario Lufrano, directora ejecutiva de Canal 7 de Argentina
La Cámara de Diputados de la Nación Argentina ratificó, en su sesión del miércoles 18, la vigencia del decreto 2368/02 que permite la cobertura territorial y poblacional de Canal 7 en todo el país, sin depender de cuestiones de “seguridad nacional” o intereses de mercado, tal como indicaba el viejo texto de la Ley de Radiodifusión redactado en 1980 bajo la dictadura militar.De esta manera, Diputados cerró toda posibilidad de impugnar la instalación de repetidoras de la televisión pública en las localizaciones autorizadas por el Poder Ejecutivo Nacional, tal como pretendió hacerlo un fallo del juez mendocino Héctor Acosta, al disponer una medida cautelar contra la estación transmisora de San Rafael. Acosta hizo lugar a un pedido del grupo Vila-Manzano, propietario de un multimedios regional, que procuraba impedir la llegada de Canal 7 a la provincia.De esta manera, se dejan sin efecto las restricciones que establecía la ley de 1980 al establecer que el canal nacional sólo podía instalar nuevas estaciones “cuando así lo exijan razones de seguridad nacional y solamente en aquellos lugares adonde no concurra la actividad privada o tengan una baja densidad demográfica o escaso interés comercial…”. Tal criterio, según la norma ratificada ahora por Diputados, “atenta contra una política de plena libertad y concurrencia de los medios de radiodifusión”.
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martes, 7 de abril de 2026 |