El Tribunal Supremo de España ha condenado al Gobierno del país a indemnizar con 26,4 millones de euros (US$28,8 millones) a la plataforma Canal Satélite Digital, de Sogecable, por los perjuicios económicos producidos por un decreto de diciembre de 1998 que prohibía el uso y la comercialización del decodificador empleado por CSD.La sentencia del TS, contra la que no cabe recurso, considera que la ley perjudicó a CSD al retrasar sus emisiones y afectar a la captación de abonados. El acuerdo por el cual el Gobierno obligaba a la plataforma a utilizar el decodificador Multicrypt en perjuicio del Simulcrypt provocó “una incertidumbre que influyó en la actitud de los grandes centros comerciales para no vender” los decodificadores de CSD.El TS estima en 180.644 los abonados que retrasaron su suscripción a CSD y 26.193 los definitivamente perdidos. Por tanto considera acreditada la pérdida de 2,3 millones de euros por el retraso y de 24,1 millones por los abonados perdidos. En total, 26,4 millones de euros, una cuarta parte de los 100 millones de euros que la compañía presidida por Jesús de Polanco reclamaba al Gobierno.La Justicia española no ha atendido la reclamación económica de CSD respecto a los costes de haber trasladado las transmisiones de la plataforma a Luxemburgo, al considerar que esta decisión “es independiente, por anterior, de los efectos que pudieran derivarse del acuerdo”.