Beneficio de Antena 3 Televisión creció 47,9% en el 2006
Las demandas por despido nulo o improcedente presentadas por trabajadores de Antena 3 fueron desestimadas por el juzgado de lo social número 2 de Madrid. Los trabajadores fueron despedidos como consecuencia del reciente Expediente de Regulación de Empleo (ERE) realizado por la dirección de la cadena, y que afectó a 215 empleados de la empresa. Los trabajadores argumentaban que no les eran aplicables los criterios objetivos que sustentaron el ERE -causas económicas, técnicas, publicitarias, organizativas o de producción-, y que la selección de trabajadores afectados estuvo relacionada con la participación en actividades sindicales reivindicativas derivadas de su oposición al ERE. En los fallos el juez sostiene, sin embargo, que el empleador, siempre que respete los límites numéricos y de otra índole impuestos por la resolución administrativa, puede determinar discrecionalmente a los trabajadores que hayan de quedar incluidos en el despido colectivo. “La decisión empresarial de despido colectivo fue previa al inicio de las actuaciones llevadas a cabo por los trabajadores, y nada hace pensar que la empresa haya tomado en consideración ese seguimiento de actos de protesta u oposición para decidir los concretos trabajadores incluidos en el expediente regulador”, señala uno de los fallos, que desestima doce de las trece demandas.