Carlos Paredes, Ministro de Transporte y Comunicaciones de Perú
La Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) del Gobierno peruano publicó el Anteproyecto de Ley sobre Radiodifusión Pública para regular la radiodifusión estatal en el país.El anteproyecto “tiene por objeto establecer el marco que regula la prestación del Servicio de Radiodifusión de Titularidad del Estado (en adelante Radiodifusión Pública)”.Así, según expuesto en el proyecto de ley, “el Servicio de Radiodifusión es un Servicio Privado de Interés Público y se define fundamentalmente por su objetivo de servicio a la sociedad, sin fines de lucro”.Para el Gobierno, el “servicio público” se regirá por los siguientes principios: universalidad; diversidad; independencia y objetividad; pluralidad; diferenciación; defensa de la cultura, de la ley y el estado de derecho; y tendrá un servicio institucional que dará “acceso y servirá a las necesidades comunicacionales de las instituciones de la nación y de la sociedad en general, y en especial cuando en su norma constitutiva se le asigna a una institución, como es el caso de los Poderes del Estado”.Según fuentes consultadas, “el uso de frecuencias del espectro radioeléctrico para el servicio de Radiodifusión Pública y la instalación de las estaciones requeridas, se rigen bajo el régimen de Autorización establecido para los servicios de radiodifusión según lo señalado en la Ley de Radio y Televisión (Ley 28278), siendo los títulos habilitantes requeridos, otorgados por el órgano competente del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, de acuerdo al Plan Nacional Atribución de Frecuencias y demás normas aplicables en lo que resulte pertinente”.
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