La Comisión Federal de Telecomunicaciones de México (Cofetel) aprobó una resolución mediante la cual clasifica como espectro de uso libre las bandas de frecuencias de 71 a 76GHz y de 81 a 85GHz, en las que se pueden desplegar varios enlaces de corto alcance en la misma zona a tasas de transmisión de datos muy altas, cercanas a las que se ofrecen con la fibra óptica.La medida permitirá garantizar que esta porción del espectro radioeléctrico no quede en manos de un solo operador, con lo que se evitará que se monopolicen los servicios que pudieran ofrecerse a través de esta tecnología.El Convenio ha generado controversia en la industria de telecomunicaciones, debido a que es la única condición que le faltaría cumplir a Telmex para que se le otorgue el cambio a su título de concesión y pueda ofrecer servicios de video.En este convenio se establecen las condiciones de interconexión de las redes de las empresas de telefonía local con las redes de televisión o audio restringidos para garantizar el mismo trato que los operadores de telefonía local se dan entre sí.Entre las principales ventajas de la tecnología que opera en estas bandas está que los enlaces son altamente direccionales, y la posibilidad de interferencia entre enlaces es casi nula, aún cuando la utilicen varios usuarios en una misma zona.En estas bandas pueden ofrecerse aplicaciones que demandan grandes velocidades de transmisión de datos, como voz sobre IP o video sobre demanda en alta definición, y es por ello que puede funcionar como una alternativa o complemento a las redes de fibra óptica.
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