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España

25 de marzo de 2025

NOMBRE DEL INCENTIVO

Deducciones por Inversión en Películas, Series de Televisión, Series Documentales y Películas de Animación

VALOR

30% de deducción fiscal a nivel nacional (hasta 1,1 millones de dólares [1 millón de euros] de gasto y 25% después). A nivel regional, se ofrece: (i) una deducción fiscal del 35% en Navarra (más un 5% adicional para determinadas producciones navarras); (ii) una deducción fiscal del 50% en Canarias (54% si se cumplen ciertos requisitos, hasta 1,1 millones de dólares [1 millón de euros] de gasto y 45% después); (iii) una deducción fiscal del 60% al 35% en Vizcaya (más un 10% adicional para producciones vizcaínas rodadas en euskera); (iv) una deducción fiscal del 60% al 50% en Álava y Gipuzkoa (más un 10% adicional para producciones tanto de Álava como de Gipuzkoa rodadas en euskera).

LÍMITE POR PROYECTO

22 millones de dólares (20 millones de euros) por cada producción. En el caso de series audiovisuales, el incentivo se determinará por episodio y el límite será de 11 millones de dólares (10 millones de euros) por episodio. A nivel autonómico, estos límites variarán según la legislación fiscal autonómica vigente.

FECHA LÍMITE DE SOLICITUD

La empresa española debe solicitar la deducción en el mes de julio del año siguiente al final del rodaje. En el caso de producciones de animación, se podrán aplicar las deducciones fiscales correspondientes al período impositivo en el que la empresa española obtenga el Certificado de Nacionalidad Española.

ADMISIBLES

Cine, ficción televisiva, otras series de televisión, documental, otros

LÍMITES/RESTRICCIONES/CONSIDERACIONES

Para producciones y coproducciones españolas: al menos el 50 % de la base de deducción corresponde a gastos realizados en territorio español (a nivel autonómico, este límite podría variar según la legislación fiscal autonómica vigente). Para producciones extranjeras: Se requiere un gasto mínimo de 1,1 millones de dólares (1 millón de euros) en España para la deducción fiscal. Para animación y postproducción, el gasto mínimo requerido en España es de 220.000 dólares (200.000 euros). La productora solicitante debe estar inscrita en España como productora en el Registro Mercantil correspondiente (a nivel regional, estos requisitos pueden variar según la legislación fiscal regional vigente).

Fuente: shootinginspain.info

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