(Ezequiel Iacobone). “Creemos oportuna y conveniente la reforma al artículo 45 de la Ley Radiodifusión. La redacción definitiva del nuevo artículo establece muy claramente un principio que ha defendido públicamente ATVC desde siempre: los servicios públicos no pueden ser licenciatarios de radiodifusión”, dijo a produ.com Walter Burzaco, presidente de la Asociación Argentina de Televisión por Cable (ATVC).Para Burzaco la reforma de la ley, que se convirtió en una necesidad a partir de un fallo de la Corte Suprema, “permite el esperado ingreso de quienes se sentían discriminados, pero impide que se discrimine a los medios existentes, en especial a los cableoperadores pequeños y medianos”.Según el directivo, los servicios públicos representan un “monopolio de hecho y de derecho”, porque “tienen rentas de usuarios cautivos” y poseen redes de distribución que llegan a los mismos hogares donde presta servicios la televisión por cable. “Esto permite enormes ventajas competitivas, como subsidios cruzados, precios predatorios y la disponibilidad de facilidades esenciales. En el caso de una cooperativa, además tiene privilegios impositivos”.La única excepción que consagra la nueva norma, es cuando una persona jurídica sin fines de lucro prestadora de servicios públicos solicite una licencia donde no exista otro licenciatario prestando el servicio solicitado. En ese caso se le puede otorgar una licencia.Burzaco también se refirió a la clandestinidad y reclamó por una ley que tipifique el robo de señales de TV por cable, aclarando que la entidad a la que representa seguirá apoyando una iniciativa en ese sentido que tiene tratamiento en el Senado de la Nación.Según informó la asociación, en los últimos años, las conexiones ilegales han trepado al 20% del total de la industria, lo que representa un millón de “colgados”, con el agregado de 300 mil decodificadores ilegales. “Todo esto representa una evasión indirecta de casi $100 millones (US$34 millones) al año”, puntualizó.