IFT advirtió que el concesionario deberá retransmitir la señal con la mayor calidad posible
El pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) de México, estableció los lineamientos al respecto de las obligaciones de concesionarios de TV para la retransmisión de señales radiodifundidas, indicando que los concesionarios de TV radiodifundida están obligados a permitir la transmisión gratuita de su señal a concesionarios de TV paga.En el decreto, se dio a conocer los lineamientos en relación con lo dispuesto donde establece; los concesionarios que presten servicios de TV radiodifundida están obligados a permitir a los concesionarios de TV restringida la retransmisión de su señal, de manera gratuita y no discriminatoria, dentro de la misma zona de cobertura geográfica, en forma íntegra, simultánea y sin modificaciones, incluyendo la publicidad y con la misma calidad de la señal que se radiodifunde.Se indicó que cuando existan señales que se dupliquen sustancialmente, el concesionario de TV paga terrenal deberá retransmitir la señal duplicada que se radiodifunda desde cualquier localidad que se encuentre en la misma zona de cobertura geográfica, o al menos parcialmente, cuando no exista ninguna señal en la región, pero dentro de la misma entidad federativa.En el caso de los concesionarios de DTH, aclara que sólo deberán retransmitir obligatoriamente las señales radiodifundidas de cobertura de 50% o más del territorio nacional, en tanto que todos los concesionarios de TV paga deberán retransmitir las señales radiodifundidas por instituciones públicas federales.El IFT advirtió que el concesionario siempre deberá retransmitir la señal con la mayor calidad posible en cuanto a definición de imagen y sonido, e incluir al menos un canal en alta definición.
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