El mismo Presidente brasileño no quiso esperar la decisión del Congreso Nacional y publicó este jueves en el Diario Oficial de la Unión la medida provisora (MP) que reglamenta la participación de personas jurídicas y entidades de capital extranjero en medios de comunicación del país. Según los analistas, el texto impulsado por Fernando Henrique Cardoso tiene diferencias respecto al original enviado por el Ministerio de Comunicaciones, especialmente en un ítem de importancia como es el correspondiente a la apertura de capital de las empresas de comunicación en Bolsa, que ahora en la letra nueva sí es posible.Entre sus partes más salientes, la MP presentada formaliza que la participación de extranjeros o de brasileros naturalizados –10 años por lo menos– en el capital social de empresas periodísticas y de radiodifusión no podrá exceder el 30% del capital total y del capital votante de esas empresas y solamente se dará de forma indirecta, por intermedio de persona jurídica constituída sobre las leyes brasileras y con sede en el país. Las empresas efectivamente controladas mediante encadenamientos de otras empresas, o por cualquier otro medio indirecto, por extranjeros o por brasileros naturalizados (con 10 años por lo menos ) no podrán tener participación total superior al 30% del capital social, total y votante, de estas compañías. La MP es muy enfática en la aclaración de que toda alteración del control societario de empresas de radiodifusión debe ser comunicada al Congreso Nacional, y que será nulo cualquier acuerdo societario tendiente a transgredir el porcentual límite fijado en 30.