El funcionamiento de los juegos de azar en los medios audiovisuales fue autorizado mediante un decreto de necesidad y urgencia que modifica parte de la Ley Nacional de Radiodifusión. Fue recientemente firmado por el Presidente Menem y publicado el día 22 de este mes en el Boletín Oficial.La legislación para este tipo de actividad es confusa: si bien esa ley, vigente desde 1980, prohibía toda clase de juegos de azar en radio y televisión, otro decreto de mayo de este año ya los había regulado.El nuevo decreto que lleva el número 1062 establece que ‘ cualquier expresión que promueva o estimule los juegos de azar deberá estar específicamente autorizada por la Lotería Nacional’ y deja de tener vigencia el texto de un artículo anterior que prohibía ‘la asignación de premios o recompensas por juegos de azar’ en los programas.Lo llamativo es la cantidad de artículos de este nuevo decreto que legislan hacia atrás: – El artículo 1 elimina la prohibición de emitir programación en lenguas extranjeras, hecho que los canales internacionales de cable hacen desde hace años.- El artículo 3 deja de lado una vieja prohibición de hacer referencia a las mediciones de audiencia, que figuraba en el artículo 25 de la Ley de Radiodifusión elaborada por el gobierno militar. Esta ley establecía que para vender o comprar parte o la totalidad de un medio de comunicación hacía falta una autorización del comité federal de Radiodifusión (COMFER) y que hubiesen pasado cinco años ‘desde la iniciación de las emisiones regulares’. A partir del artículo 4 del nuevo decreto basta con la aprobación del COMFER, no es necesario que pase el período de tiempo.- El artículo 5 se ocupa de los cambios en los directorios de los medios.Antes del decreto, el COMFER debía aprobar cada cambio en los directorios; ahora se establece que esas modificaciones sólo deben ser comunicadas.
|
martes, 7 de abril de 2026 |